Por las razones antes expuestas este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, DECLARA DISUELTO POR DIVORCIO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A, el Vinculo Matrimonial existente entre los ciudadanos RAIZA KARELIS ARIAS VELASQUEZ y NESTOR LUIS LOAIZA CASTILLO, ya identificados y que estos Contrajeron por ante la Prefectura del Distrito Maneiro del Estado Zulia, en fecha Catorce (14) Febrero de 1987.- En consecuencia se ordena Expedir sendas Copias Certificadas de la presente Decisión al Funcionario que presenció y Autorizó el Matrimonio y al Registrador Principal del Estado Nueva Esparta, a tenor de lo ordenado en los Artículos 475, 506 y 507 del Código Civil.-