Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este JUZGADO UNIPERSONAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara ajustado a derecho el ARCHIVO FISCAL decretado por la Fiscalía Octava del Ministerio Público del Estado Zulia, como acto conclusivo, en la cusa seguida en contra del justiciable JUAN GABRIEL CORDOBA, venezolano, natural de Caracas, con fecha de nacimiento 05-09-1973, de 33 años de edad, Cédula de Identidad N° V-11166533, soltero, comerciante, hijo de María Zerpa y de Pedro Córdoba, residenciado en la avenida Circunvalación N° 2, sector Buena Vista, Edificio Cata, Planta Baja B, apartamento C, Maracaibo Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de HURTO SIMPLE, en perjuicio de la ciudadana LEONOR MARGARITA ALVAREZ BARRETO, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal derogado; decisión adoptada conforme.....