Respecto del pedimento formulado por los recurrentes, referente al pago de las Dietas, advierte este Juzgador que dicha pretensión debe ser tramitada en un juicio autónomo, no siendo posible para este Tribunal pronunciarse respecto dicho pedimento en esta oportunidad, por cuanto dicha pretensión escapa del controvertido del presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad.
IV
DISPOSITIVO
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, administrando Justicia y por autoridad de la ley, declara:
UNICO: El Decaimiento del Objeto, con motivo del recurso Contencioso Administrativo de Nulidad incoado por los ciudadanos CARMEN BESTALIDA SALAZAR, CRUZ BERMUDEZ y JESUS RAFAEL GAMBOA, contra la Cámara Municipal del Municipio Santiago Mariño del estado Nueva Esparta.