PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la Sociedad Mercantil FCM WELLHEAD DE VENEZUELA, S.A., contra la Providencia Administrativa Nº 0006/13, de fecha diez (10) de enero de 2013, dictada la Inspectoría del Trabajo - Maracaibo, Estado Zulia, mediante la cual se declaró SIN LUGAR la solicitud de calificación de falta incoada por la sociedad mercantil FCM WELLHEAD DE VENEZUELA, S.A., en contra de los ciudadanos ANTONIO PAZ y JOSÉ PINEDA, venezolanos, mayores de edad, identificados con cedulas de identidad números: V-6.748.953 y V-7.815.036.
SEGUNDO: Se ordena la notificación de la presente decisión a la parte recurrente la Sociedad Mercantil FCM WELLHEAD DE VENEZUELA, S.A.; a la Procuraduría General de la Republica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica; al Fiscal Vigésimo Segundo del Ministerio Publico del estado Zulia; a la ciudadana Inspectora del Trabajo del estad.....