DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar la demanda que por Enfermedad Ocupacional, tiene interpuesta el ciudadano JOSE MANUEL CARVAJAL PAZ, en contra de la Sociedad Mercantil C.A. HIDROLOGICA DEL LAGO DE MARACAIBO (HIDROLAGO).
SEGUNDO: Se condena a la demandada C.A. HIDROLOGICA DEL LAGO DE MARACAIBO (HIDROLAGO), a cancelar al ciudadano JOSE MANUEL CARVAJAL PAZ, la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,oo), por los conceptos indicados en al parte motiva del presente fallo.
TERCERO: Se ordena el pago de los intereses moratorios y la indexación, sobre las cantidades condenadas a pagar, una vez que vencido el plazo para el cumplimiento voluntario, de conformidad con lo previsto en el artículo 185 de la Le.....