DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de quien en vida respondiera al nombre de RAFAEL ANTONIO ESTRADA ARENAS, por la presunta comisión del delito de COMPLICE NECESARIO EN LA EJECUCION DEL DELITO DE HOMICIDIO, tipificado y sancionado en el Ordinal 1º del Artículo 406 del Código Penal, en concordancia con el ordinal 3 º del Artículo 84 Ejusdem , cometido en perjuicio del occiso LUIS SEGUNDO SOTO GIL, por concurrir como causa de extinción de la acción penal la muerte del acusado, de conformidad con lo dispuesto en el Artículos 48, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 103 del Código Penal, en franca armonía con el Artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.- Reg.....