En mérito a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la apelación interpuesta por la ciudadana GISSELLE REYES CASTRO, representada por los profesionales del derecho JUAN ALBERTO RUBY, ANDREINA FUENTES MAZZEY y VICTOR ALFARO MARQUEZ, antes identificados, en contra la Medida Preventiva de Prohibición de Salida del País de la niña SOFIA GISSELLE CHAMULA REYES y de su progenitora GISSELLE REYES CASTRO, dictada en fecha 22 de Octubre de 2009, por la Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta en el Asunto Principal OP02-V-2008-000677, de Revisión Régimen de Convivencia Familiar.