PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida en fecha 29 de septiembre de 2008, por el abogado CARLOS JAVIER MARTÍNEZ PIEDRAHITA, actuando como apoderado judicial de la sociedad mercantil BANCO CONFEDERADO S.A., parte actora en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, sigue contra la sociedad mercantil TRANSPORTE Y FABRICACIONES VELÁSQUEZ C.A.
SEGUNDO: SE REVOCA la resolución proferida por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 23 de septiembre de 2008; en consecuencia se ordena al Juzgado de primera instancia pronunciarse nuevamente sobre la solicitud de medida cautelar, ajustando su decisión al procedimiento contenido en la ley especial, es decir, al artículo 22 de la Ley de Venta con Reserva de Dominio.
TERCERO: No hay condenatoria, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.