En razón de las antes consideraciones de hecho y derecho, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL, EXTENSIÓN SANTA BÁRBARA DE ZULIA, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE: Primero: ACORDAR la extensión del Lapso de presentación a cada treinta (30) días, a favor del ciudadano LUIS ALBERTO AVILA RODRIGUEZ, Venezolano, natural de Santa Bárbara de Zulia, nací el 06-06-1986, tengo 21 años de edad, soltero, obrero, soy titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.580.618, soy hijo de Álvaro Ávila y de Flor Marina Rodríguez, estoy residenciado en el Barrio Juan de Dios, calle 6, casa s/n, cerca del galpón El Morillo, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón Estado Zulia, teléfono 0275-5554086, todo de conformidad a lo establecido en la figura técnico procesal del examen y revisión de las medidas cautelares, tal como lo dispone el Artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: se ordena librar boleta.....