Este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA, PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a los ciudadanos ENLLERBERT RAMON RAMIREZ RAMIREZ, soy Venezolano, natural de Maracaibo, de 28 años de edad, nací el 23/08/77, soltero, de profesión comerciante, soy titular de la cédula de identidad N° 13.878.326, hijo de José Ramírez y Xiomara Margarita Ramírez y ENLLERBERT RAMON RAMIREZ RAMIREZ, de acuerdo a los elementos de convicción para la fecha la comisión del delito de HURTO AGRAVADO DE VEHICULOS AUTOMOTORES, previsto y sancionado en el artículo 2 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos automotores, ordinal 4; y al ciudadano ENYERBER GAMARRA, la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTES DEL HURTO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la misma Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automo.....