...En consecuencia, la parte demandada en virtud de la declaración del funcionario público con facultades para dejar constancia de la actividad de comunicación del fallo dictado en fecha 20 de Diciembre de 2004, como es el Alguacil de este Juzgado, quedó debidamente notificada del mismo el referido día 16 de Junio de 2005, y siendo que, de acuerdo al cómputo practicado por secretaría el día 06-10-2005 (folio 218), desde esa fecha, oportunidad en que la abogada CRISTINA MARZOLI, quedó notificada, hasta la interposición del recurso de apelación de la sentencia en cuestión, esto es el día 26 de Septiembre de 2005 (folio 216), transcurrieron treinta y tres (33) días de Despacho, excediendo el lapso de cinco (5) días de Despacho, a que alude el artículo 298 del Código de Procedimiento Civil, para haber ejercido el recurso oportunamente, resultando dicha apelación por demás extemporánea. En virtud de lo expuesto, este Juzgado niega oír el recurso de apelación interpuesto por la coapoderada H.....