"este Despacho Judicial concede AUTORIZACIÓN JUDICIAL DE VIAJE INTERNACIONAL para que la adolescente "cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente"
viaje a Trinidad- Puerto España, en compañía de su tío materno ciudadano Roberto Agusto Espinosa Fernández, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-17.897.93, viaje que tendrá lugar el día 03 de Septiembre del año en curso, y cuyo regreso tiene previsto realizarse el día 06 de Septiembre de 2015, cuyo itinerario consta suficientemente de los boletos consignados en esta fecha, los cuales se anexan en copia a la presente decisión.
Expuesto lo anterior, es por lo que este Despacho Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace del conocimiento de las autoridades civiles, penales y administrativas, que el ciudadano Roberto Agusto Espinosa Fernández, venezolano mayor de .....