(...) este Tribunal en aras de garantizar el principio de celeridad procesal y a fin de llevar efectuar los actos de ejecución forzosa de la presente causa, acuerda que los efectos de la medida preventiva antes decretada y practicada en actas, pasen a ser ejecutivos conforme a la etapa procesal actual. Así se Establece.-
Así las cosas, dado que en la cuenta aperturada en la causa se encuentra disponible al 30 de junio de 2009, la suma de CIENTO SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS DIEZ BOLÍVARES CON SETENTA Y TRES CÉNTIMOS DE BOLÍVAR (Bs. 165.410,73) más los intereses que pueda haber generado, y siendo que la condenatoria de autos ascendió la suma de CIENTO SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES BOLÍVARES CON ONCE CÉNTIMOS (Bs. 167.583,11), este Tribunal considera ajustado a derecho el pedimento realizado por la representación judicial de la parte actora, en consecuencia ORDENA oficiar al Banco de Fomento Regional Los Andes (BANFOANDES) a fin de hacer entrega a la parte actora .....