1. DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante contra la decisión de fecha 09 de junio de 2008, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio que siguen los ciudadanos NILIO GONZÁLEZ y ELISEO MÉNDEZ en contra de la sociedad mercantil CONCRETOS Y CONSTRUCCIONES FARIA, S.A., en consecuencia, con fuerza de cosa juzgada la decisión recurrida.
2. NO HAY CONDENATORIA en costas procesales a la parte recurrente de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.