Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, y con base a los elementos de convicción analizados, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Declara con lugar el pedimento realizado por el ciudadano Fiscal Décimo Sexto del Ministerio Público. Se DECRETA la Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano DARWIN MIRANDA MERCADO, antes identificado, por la comisión del delito de VIOLACION, previsto y sancionado en el artículo 375 del Código Penal, en concordancia con el artículo 374, numerales 1 y 4 eiusdem.Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 254 eiusdem. Devuélvase las actuaciones a la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público en el lapso legal correspondiente, a fi.....