este Tribunal en Funciones de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA prolongar por un tiempo de 90 días adicionales el Local Ad-Hoc que viene gozando el acusado HEIKER ROLANDO EDUARDO ALVARADO, desde el 29-04-03, consistente en Reposo Domiciliario en su residencia, debiendo ser recluido al término del mismo en el Internado Judicial de la Región Insular, sitio de su reclusión. Librense los correspondientes oficios. Notifíquese a las partes del presente auto. Cúmplase.