"esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por incoada por los ciudadanos LUIS JOSE MARIN SALAS y JHEYRAH BETSABETH QUIJADA PEPE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 19.232.244 y V.- 19.807.061 respectivamente, asistidos de los abogados JOSE NARVAEZ y ELICRUZ NARANJO, inpreabogados números 173.994 y 180.427, mediante la cual solicitan se declare el Divorcio conforme a la interpretación realizada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 02.06.2015 respecto del articulo 185 del Código Civil; y como consecuencia de ello, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNIA"