Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación de autos interpuesto por la profesional del derecho AURELINA URDANETA LEÓN, Defensora Pública No. 11 Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de Defensa Publica del estado Zulia, en su carácter de defensora del imputado YULIAN JAVIER ZAMBRANO GARCIA, titular de la cédula de identidad No. V-22.141.997.
SEGUNDO: CONFIRMA, la decisión No. 352-16, de fecha 03.04.2016, dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual decretó medida cautelar de privación judicial preventiva de libertad, en contra del ciudadano YULIAN JAVIER ZAMBRANO GARCIA, titular de la cédula de identidad No. V-22.141.997, por encontrar.....