Por los fundamentos expuestos este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, Declara:
Con Lugar la Solicitud de Divorcio, basada en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por el ciudadano MELVIN WILLIAM GONZALEZ BLANCO, ya identificado, consentida en el transcurso del proceso por la cónyuge NORYS JOSEFINA RIOS CHOURIO, ya identificada, en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron el día Dieciséis (16) de diciembre de 1977, por ante la Primera Autoridad Civil del extinto Municipio Coquivaco hoy, Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo Estado Zulia, como se evidencia en la copia certificada del acta de matrimonio No. 1267, expedida por la referida autoridad. Así se Decide.-
No hay condenatoria en costas .....