declara: la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos por mutuo consentimiento, propuesta por los ciudadanos LUIS FELIPE MUJICA CHACIN y ORIELLE MILITZA HERNÁNDEZ JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-12.862.744 y V-15.561.304, respectivamente, domiciliados en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 12 de diciembre de 2009, por ante la Registradora Civil del Municipio Cabimas del Estado Zulia, como se evidencia del Acta de Matrimonio signada con el Nº 500, agregada a la presente Solicitud.
Según manifestación expresa de los cónyuges durante su unión matrimonial no procrearon hijos, ni adquirieron bienes que formen parte de la Comunidad Conyugal.