En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el Ciudadano JONATAN DAVID RONDON, en contra de la empresa DEMENCI C.A.
SEGUNDO: se condena a la empresa a pagar al demandante la cantidad total de CUARENTA MIL QUINIENTOS TREINTA Y UN BOLIVARES CON OCHO CENTIMOS (40.531.08Bs.) por concepto de Diferencia de Prestaciones Sociales y demás indemnizaciones laborales por la terminación de la relación de trabajo indicados en la parte Motiva de la presente decisión, más lo que resulte de la Experticia ordenada en cuanto al pago de Intereses Moratorios y la indexación correspondiente, al trabajador que inician desde la interposición de la demanda, hasta la cancelación total de los conceptos antes