En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, Este Juzgado De Los Municipios Catatumbo Y Jesús Maria Semprún De La Circunscripción Judicial Del Estado Zulia, Actuando Como Juzgado De Control Del Sistema De Responsabilidad Penal Del Adolescente Del Circuito Judicial Penal Del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud por la Defensora Pública Nº 02 ABG. ZORAIDA RODRIGUEZ, en su carácter de defensora de los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA) PAZ HERRERA, (IDENTIDAD OMITIDA) SANCHEZ CARVAJALINO, (IDENTIDAD OMITIDA) PALOMINO GOMEZ y (IDENTIDAD OMITIDA) VERA PARRA, en la cual solicita de este Tribunal se extienda el lapso de presentaciones de sus defendidos a cada quince (15) días y en tal sentido se EXTIENDE O AMPLIA el lapso de presentaciones en de los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA) PAZ HERRERA, venezolano, de 16 años de edad, soltero, e.....