LA HOMOLOGACIÓN de la transacción y/o acuerdo de pago realizado por la cantidad de CUARENTA MIL BOLÍVARES FUERTES CON 00/100 CÉNTIMOS (Bs. F.40.000,00); en el juicio incoado por el ciudadano RICARDO DÍAZ en contra de la Sociedad Mercantil REPUESTOS LEÓN, C.A., por Cobro de Prestación de Antigüedad y Otros Conceptos Laborales, y se le da el carácter de cosa juzgada, y se ordena archivar el expediente toda vez que consta en las actas el pago total y definitivo de lo acordado.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo decidido.