Con fundamento en las anteriores consideraciones este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Juicio Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: DECIDE: ACUERDA RESTITUIR la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de la cual venían gozando el acusado OSWALDO ANTONIO JARABA MENA, a quien se les sigue causa por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION MENOR DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el consumo de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo establecido en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se ORDENA oficiar a los cuerpos de seguridad para dejar sin efecto la orden de aprehensión que fuera librada por este despacho en fecha 29 de junio de 2010. Líbrese los oficios correspondientes a los órganos policiales a .....