PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, interpuesta por el Ciudadano JUAN CARLOS LOPEZ , en contra la empresa GUARDIANES CELTA, C.A.
SEGUNDO: Se declara procedente el pago por Cobro de Prestaciones Sociales por el Ciudadano JUAN CARLOS LOPEZ , por la cantidad de TREINTA MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES CON TREINTA Y CUARENTA Y CUATRO CENTIMOS ( Bs. 30.400,44 ), arrojadas por el recalculo efectuado y revisado por esta Juzgadora, contra de la empresa GUARDIANES CELTA, C.A, integrada por la suma condenada por concepto de antigüedad de QUINCE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES BOLIVARES CON TREINTA.....