DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185 del Código Civil, presentada por el ciudadano ASDRUVAL JESÚS CHIRINOS LÓPEZ, titular de la cédula de identidad número V-13.480.308, contra la ciudadana LOLIMAR CHIQUINQUIRÁ DIÁZ MILANES, titular de la cédula de identidad número V-13.661.185.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha seis (6) de Junio del año mil novecientos noventa y cuatro (1994), por ante el Prefecto del Municipio Autónomo de Cabimas, estado Zulia, inserta bajo el N° 171, Libro N° 1, Folios 348 y 349, Año: 1994.
Publíquese, Regístrese incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.go.....