Este TRIBUNAL DÉCIMO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la transcrita norma, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus RICARDO ENRIQUE RINCON AIZPURUA, a los ciudadanos IRMA COROMOTO PUENTE DE RINCÓN, en su condición de cónyuge supérstite del de cujus e IRMA CAROLINA RINCON PUENTE, ELIZABETH HELENA RINCÓN ABOLIO y RICARDO ENRIQUE RINCÓN ABOLIO, en su condición de hijos sobrevivientes del de cujus.
Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales, previa certificación de los mismos en actas, asimismo se ordena expedir las copias certificadas solicitadas. Se declara terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo del expediente y su remisión al Archivo Judicial del estado Zulia. .....