III.- Por los fundamentos expuestos:
Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO incoada por el ciudadano ERGITO JOSE MOLINA contra la ciudadana RICXA RODRIGUEZ, ambos plenamente identificados, con fundamento en la sentencia Nº 693, emitida por el Tribunal Supremo de Justicia Sala Constitucional de fecha 02 de Junio de 2015, con ponencia de la Magistrada Dra. Carmen Zuleta de Merchán, por divorcio solución en consecuencia, queda disuelto el matrimonio civil que contrajeron los prenombrados ciudadanos en fecha 23 de Diciembre del año 2000, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Marcial Hernández del Municipio San Francisco del Estado Zulia.
No hay condenatoria en Costas dada la naturaleza del caso.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE