medida preventiva de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un bien inmueble propiedad de la demandada, constituido por un apartamento distinguido con el N° 1-C, ubicado en la planta 1 del edificio NICOL ANDREINA, situado en la avenida 12 con calle 61 (Avenida Universidad), en la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el cual posee una superficie de CIENTO VEINTICUATRO METROS CUADRADOS (124 Mts.2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Linda con apartamento N° 1-B y circulación vertical; SUR: Linda con propiedad que es o fue de Francisco Morales; ESTE: Linda con apartamento N° 1-D; y OESTE: Linda con estacionamiento propio del edificio, el cual le pertenece a la ciudadana KARELIS CAROLINA BOSCÁN ESPINOZA, según se evidencia de documento debidamente registrado por ante el Registro Público del Primer Circuito de Registro del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 29 de mayo de 2009, anotado bajo el N° 2009.1741, asiento registral 1.....