Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA SEGUDA (Nº 2) DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho MIRILENA DEL CARMEN ARIZA GONZÁLEZ, Defensora Pública Sexta, adscrita a la Unidad de Defensoría Pública del estado Zulia, en su condición de Defensora de los ciudadanos ALBENIS DAVID OSPINO BRACHO, CIRO JOSÉ GONZÁLEZ y PABLO DANIEL FERRER, plenamente identificados en actas. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida; dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas, de fecha 07 del mes de mayo del año que discurre dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas. ASÍ SE DEC.....