Según resolución de fecha trece (13) de agosto de 2010, este Tribunal autorizó al ciudadano SALIM ALOUAN NAMOR para que proceda al alquiler del inmueble constituido por una casa de dos plantas de madera, situado en la Avenida 4 (Bella Vista), con calle 85 (Calle Falcon) en jurisdicción de la parroquia Santa Lucia del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, y la parcela de terreno sobre la cual esta construida, formada por tres (3) parcelas de terreno, que abarcan una superficie de 2.244,62 Mts2, plenamente identificado en actas, sujeto entre otras condiciones a estipular como duración del contrato de arrendamiento un lapso de seis (6) meses, prorrogables por períodos iguales y sucesivos, previa autorización del Tribunal, y siendo que el pedimento realizado se considera ajustado a derecho, provee de conformidad, en consecuencia AUTORIZA al ciudadano SALIM ALOUAN NAMOR para prorrogar por un lapso de seis (6) meses, el contrato de arrendamiento suscrito con la empresa ESTAR SEGUROS, C.A.....