Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al penado DELVIS JESUS REYES MENDOZA, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 23-05-1970, titular de la cédula de identidad N° 11.249.412, hijo de Juana Medima y Rafael Ramón Reyes, residenciado en El Venado Vía Las Vegas Calle Manuel Fuenmayor N° 11254 Municipio Baralt Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en al artículo 494 en concordancia con los artículos 495, 496 y 497 del Código Orgánico Procesal Penal, por el delito APROVECHAMIENTO DE LA COSA PROVENIENTE DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 457 en concordancia con el artículo 80 del Código Penal. Regístrese, ofíciese y notifíquese.
LA JUEZ
ARACELIS PACHECO BRACHO .....