Por todos los fundamentos de hecho y de derecho expuestos, y en consideración a que fueron ADMITIDOS LOS HECHOS impuestos por el Fiscal Vigésimo Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en sus alegatos de acusación, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al ciudadano ALVARO LUIS CUBILLAN GONZALEZ, de nacionalidad venezolana, natural Caja Seca, Municipio Sucre del Estado Zulia, de 23 años de edad, fecha de nacimiento 06-11-1983, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, titular de la cédula de identidad No. 16.990.033, hijo se Andrés Leonardo Cubillan y de María Ramona González, residenciado en el sector Las Cuarentas, calle principal, casa no. 22936-1, El Batey, Municipio Sucre del estado Zulia, a sufrir la pena de cinco (05).....