Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: En el juicio que por RENDICIÓN DE CUENTAS seguido por MARÍA LUISA ROMERO DE LÓPEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad número V-5.175.205, actuando con el carácter legal de a COOPERATIVA SECTOR 04, R.S. y ARMANDO ROSALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.705.136, actuando con el carácter de Coordinador de Administración de la COOPERATIVA ALIANZA BOLIVARIANA NEGRO PRIMERO 136, R.S. ambos domiciliados en esta ciudad de Cabimas del Estado Zulia en contra de los ciudadanos NERIO SOTO VILLALOBOS, titular de la cédula de identidad Nº V-7.790.217, y HUMBERTO YEDRA, titular de la cédula de identidad Nº V-7.843.110, con el carácter de Presidente y Vicepresidente de la ALIANZA NAVAL RAFAEL U.....