Por UNANIMIDAD declara: PRIMERO: NO CULPALE y en consecuencia ABSUELVE a la ciudadana: ZORAIDA COROMOTO ORTEGA, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. SEGUNDO: Por lo que se deja sin efecto la medida cautelar sustitutiva que obra en su contra. TERCERO: Exime al Estado Venezolano representado en este acto por la Fiscal del Ministerio Público del pago de las costas procesales, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 de la Ley Orgánica de Hacienda Pública Nacional y 74 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. CUARTO: Se ordena la restitución de los objetos afectados al proceso, una vez que la presente decisión adquiera su firmeza. QUINTO: Se deja constancia que la celebración de las audiencias que conformaron la realización del presente juicio, se cumplieron totalmente de manera oral y pública, con la preservac.....