Se declara:
PRIMERO: Con Lugar el Recurso de apelación intentado por la parte demandante, quedando modificada la decisión recurrida publicada en fecha Veintitrés (23) de Abril de 2007, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales incoara el ciudadano JUAN JOSE APONTE PINEDA, contra la Sociedad Mercantil AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA. C.A.,
SEGUNDO: Parcialmente con Lugar, la demanda intentada por el demandante ya identificado, en consecuencia se condena a la demandada a pagar, las cantidades que se determinen mediante experticia complementaria del fallo por concepto de beneficio de alimentación, para lo cual deberá ordenarse el nombramiento de un experto contable a los fines de practicar dicha experticia, en los términos expresados en la parte motiva.