Mediante resolución se procedió a revisar la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, decretada en contra del ciudadano: GUSTAVO ENRIQUE ALVARADO, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, declarando sin lugar la solicitud de la defensa quien requirió la sustitución de la citada medida, y consecuencialmente se acordó mantener la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada al referido ciudadano en su oportunidad legal.