Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN MATERIA DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD DE MEDIDA HUMANITARIA, formulada por el profesional del Derecho ABG. MAXIMILIANO SILVA, titular de la cédula de identidad número V-6.747.575 inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la nomenclatura 185.386 en su cualidad de Defensa Técnica del ciudadano CARLOS MANUEL QUINTERO FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad número V-13.993.454, a quien se le instruye causa por estar incurso en la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA Y CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 57 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en concordanc.....