De conformidad con lo anterior, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA incoada por los Ciudadanos EDWIN ARMANDO COVA DIAZ, GUSTAVO XAVIER GIMON MARIÑO y RENE JESUS GONZALEZ MONTES contra las Entidades de Trabajo J.NASARIAN, C.A y PAVIMENTOS DELTA, C.A.