DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de prestaciones sociales incoada por el ciudadano JOSE GREGORIO MORALES DUQUE contra de la SOCIEDAD MERCANTIL MARMOLERIA CORAZON DE JESUS, S.A, ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a pagar al ciudadano JOSE GREGORIO MORALES DUQUE, la cantidad de SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON SESENTA Y NUEVE CENTIMOS DE BOLIVARES (Bs. 7.498,69),
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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