este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, aplicado por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; en la demanda incoada por el ciudadano JULIO CESAR PORRAS CASTRO contra la sociedad mercantil "BANCO DEL SOL, BANCO DE DESARROLLO, C.A., por CALIFICACIÓN DE DESPIDO, ordenando el archivo del expediente en su debida oportunidad. Y así se decide. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el copiador de decisiones.