III. DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Tercero en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES IMPUESTAS EN FECHA 09.03.2006 CORRESPONDIENTES AL BENEFICIO DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, en favor del NABOR ANTONIO SEQUERA DIAZ, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo Estado Zulia, titular de la Cedula de Identidad N° V-5.170.617, hijo de NABOR SEQUERA Y MERIS DEL CARMEN DIAZ, residenciado en Sabaneta Larga, Barrio La Misión, Calle 100B, N° 100B-72, Maracaibo del Estado Zulia. Regístrese la presente Resolución en el libro respectivo, ofíciese al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. Notifíquese a la Fiscalía (27°) Vigésima Séptima del Ministerio Público, y al penado de la presente decisión.
EL JUEZ TERCERO D.....