Por todo lo antes expuesto este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSION SANTA BARBARA DE ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY, DECRETA: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en los artículos 8, 9, 243, 244, 247, 250 numerales 1 y 2, 253, 256 numerales 3 y 4, 259 y 260, todos del Código Orgánico Procesal Penal, Medida Cautelar Sustitutiva de libertad solicitadas tanto por el Ministerio Público como por las defensas técnicas del imputado de auto ciudadano, HANCEN MANUEL ARIAS VERONA, Venezolano, natural de El Guayabo, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, nací el 26-09-1.988, tengo 19 años de edad, soltero, constructor, soy titular de la cédula de identidad N° 18.379.333, soy hijo de Víctor Arias y de Luisa Verona, estoy residenciado en el Barrio Rafael Urdaneta, calle principal, casa s/n, diagonal a la Cancha de Futbolito, El Guayabo, Mu.....