DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por el Defensor Público N° 28 ABOG. MARIA ALEXANDRA GONZALEZ, en su carácter de Defensora del penado LUIS MANUEL FERNÁNDEZ, titular de la cedula de identidad N° 13.176.654, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, obrero, fecha de nacimiento: 01-12-1972, residenciado en Barrio Luis Ángel García, sector El Marite, al lado del deposito de Licores "Anita", calle N° 79 H, frente a la casa N° 110-23, Municipio Maracaibo-estado Zulia, y desaplica el contenido de los artículos 13.3 y 22 del Código Penal, referidos a las normas que establecían el cumplimiento de la sujeción a la vigilancia de la autoridad como pena accesoria, en consecuencia, se declara la EXTINCIÓN DE LA PENA POR CUMPLIMIENTO DE LA MISMA, a favor del penado.....