Este JUZGADO SUPERIOR CUARTO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante contra la decisión de fecha12 de marzo de 2009, por el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) QUEDA EN CONSECUENCIA FIRME LA DECISIÓN APELADA. 3) SE CONDENA EN COSTAS A LA PARTE APELANTE, 4) SE ORDENA notificar al Procurador General de la República remitiéndole copia certificada de la presente decisión.