Ahora bien, una vez cumplidos con los tramites procesales establecidos por la Ley, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 03 de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, Designa como Curador Ad-Hoc de la niña y/o adolescente Vanessa Cristina Montero Rangel al ciudadano Alfredo Enrique Rangel Pérez, titular de la cedula de identidad N° V.-1.694.619 de conformidad con lo establecido en el articulo 110 del Código Civil Vigente. Así Se Decide.