Vista y revisada como ha sido la transacción presentada por las abogadas en ejercicio Laura Suárez y Luz Marina Rebellón, inscritas en el INPREABOGADO bajo los N° 46.514 y 98.640, asistiendo al ciudadano Jesús Sisa, titular de la cédula de identidad N° 11.020.306 en su carácter de Director General (Supervisor) Zona Occidente de PANDIZULI TIENDA, C.A. y la abogada en ejercicio Janny Godoy, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 67.714, en su carácter de Procuradora de Trabajadores asistiendo a la ciudadana DEISY ZAMBRANO en su condición de parte actora. HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO, impartiéndole el carácter de cosa Juzgada.