Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA declara:
Primero: Procedente la Medida cautelar innominada de Prohibición de Innovar sobre la composición accionaría de la sociedad mercantil la sociedad mercantil Grupo Gavai, C.A., constituida por ante el Registro Mercantil Tercero del Estado Zulia, en fecha 19 de Marzo de 2014, bajo el Número 35, Tomo 28-A 485, con domicilio en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del estado Zulia.
Segundo: Procedente la Medida Innominada de Anotación de la Litis, en el expediente que cursa por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en fecha 19 de marzo de 2014, bajo el Numero 35, Tomo 28-A 485, la sociedad mercantil Grupo Gavai, C.A.
Tercero: Se Niega la Medida cautelar innominada de nombramiento de un funcionario judicial en la sociedad mercantil Grupo Gavai C.A., constituida por ante el Regist.....