Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho FRANCIA MAIRENYS PALENCIA TERÁN, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el No. 83.660, actuando como defensora privada del ciudadano ANDRÉS ELOI HERMOSO MIRANDA, titular de la cédula de identidad No. V- 21.430.623.
SEGUNDO: CONFIRMA, la decisión No. 3C-1195-2016, de fecha 19 de Octubre 2016, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas, mediante la cual el referido Juzgado, decretó entre otros los siguientes pronunciamientos: Primero: ADMITIR el escrito acusatorio interpuesto por la Fiscalía Séptima del Ministerio Públi.....