III.- Por los fundamentos expuestos:
Este TRIBUNAL DÉCIMO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la transcrita norma, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus ABDIAS MEJIAS a la ciudadana DOMITILA ROSA PEREZ DE MEJIAS, y a los ciudadanos JOSE ALBERTO MEJIAS PEREZ, MAYRA ROSA MEJIAS PEREZ, CARLOS ENRIQUE MEJIAS PEREZ, ABDIAS RAMON MEJIAS PEREZ y LUIS ALFONZO MEJIAS PEREZ, antes identificados, en sus condición de cónyuge supérstite e hijos sobrevivientes.
Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales, previa certificación de los mismos en actas.
Se declara terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo del expediente y su remisión al Archivo Judicial del Estado Zulia.
PUBLÍQUESE Y REGÍS.....